RETO 4: POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES: EL COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO


1.- INTRODUCCIÓN

En mi opinión, hay un colectivo de mujeres que ha sufrido como ninguna la desigualdad por cuestión de género, y esas son las mujeres mayores. La gran mayoría de ellas, o no podían seguir trabajando cuando se casaban, o dejaban sus trabajos para cuidar de sus hijos. Por tanto, es evidente la brecha de género que presentan las pensiones de las mujeres respecto de la de los hombres, siendo absolutamente necesario compensar el efecto que los cuidados de hijos/hijas han tenido sobre las carreras de cotización de las mujeres, por ser éstas quienes tradicionalmente han asumido dicho papel y constituir dicho fenómeno, si bien no la única causa, sí una de las principales que generan la brecha de género.

Para paliar este desequilibrio, en los presupuestos de 2015, el Gobierno del momento aprobó un “Complemento de pensión de Maternidad por generación demográfica” cuyas beneficiarias era mujeres madres de 2 hijos o más que fuesen pensionistas por primera vez a partir de enero de 2016. Este complemento de pensión ha estado vigente hasta febrero de 2021, fecha en que fue anulado por el Tribunal de Justicia Europeo por discriminar a los hombres, ya que, para la aportación demográfica es imprescindible su participación. Para dar cumplimiento a esta sentencia, en febrero de 2021 el Gobierno aprobó el "Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico", con la intención de compensar el efecto que los cuidados de hijos/hijas han tenido sobre las carreras de cotización de las mujeres, por ser éstas quienes tradicionalmente han asumido dicho papel y constituir dicho fenómeno, si bien no la única causa, sí una de las principales que generan la brecha de género.

 

2.- ANÁLISIS SEGÚN METODOLOGÍA 3R

ROLES: No es exagerado afirmar que la brecha de género constituye la principal insuficiencia en la acción protectora en el ámbito de las pensiones como reflejo de una discriminación histórica y estructural de las mujeres en el mercado de trabajo por la asunción del rol de cuidadoras de los hijos e hijas. En este sentido, la maternidad afecta decisivamente a la trayectoria laboral de la mujer en su etapa en activo y es esta una, si no la más importante, causa de esa brecha: cuanto mayor es el número de hijos, menor es el número de años cotizados, menor es la proporción de contratos a tiempo completo o equivalente, y menor es, en última instancia, la pensión reconocida.

RECURSOS: Este complemento, permite a todas las mujeres que lo soliciten la obtención de un complemento de 28€ al mes por hijo, desde el primero y hasta un máximo de cuatro. Además también pueden ser solicitadas por hombres forma subsidiaria, cuando acrediten que su carrera de cotización se ha visto afectada por el cuidado de un hijo y el complemento no lo disfrute una mujer.

REPRESENTACIÓN: Es evidente que el colectivo feminista ha impulsado la aprobación de esta medida para paliar la injusticia histórica que la mujer ha sufrido en relación con este aspecto.

 

3.- RESULTADOS

Con datos de marzo de 2022 hay 40.891 pensiones con complemento de brecha por un hijo; 89.777, con dos hijos; 38.142, con tres; y 21.173, con cuatro o más hijos. De las 190.383 que lo están percibiendo, un 94% son mujeres. Sumadas a este dato, existe un universo de unas 800.000 mujeres que ya venían percibiendo el complemento de maternidad anterior y que se pueden acoger a esta nueva medida que mejora en la cuantía anterior a percibir. Además, se genera una expectativa de derechos futuros para cientos de miles de personas que están próximas a la jubilación

 

4.- PUNTOS FUERTES Y DEBILIDADES

Con esta nueva normativa, se cambia la aplicación de un porcentaje de 2, 3, o 4 o más hijos (5,10,15% respectivamente según el complemento anterior) por una cuantía fija de 28 € por hijo y por 14 pagas. Este cambio favorece a las pensiones más bajas del sistema, pero curiosamente no se aplica de oficio a pesar de conocer la seguridad social cual es la cuantía de la pensión de cada pensionista y el número de hijos que ya acreditó en su día cuando solicitó la pensión.

No obstante, no todas las mujeres tienen acceso a este reconocimiento. Solo podrán acceder al nuevo complemento, quien solicite una pensión contributiva por primera vez desde febrero de 2021, y también quien solicite el cambio de complemento para pasar al de reducción de brecha de género. El resto sigue quedando fuera, así como las mujeres y hombres que generalmente viven en soledad con ingresos mínimos no contributivos cuando han sido las que en mayor medida han contribuido a la aportación demográfica.

En mi opinión, se debería universalizar este complemento a todas las mujeres que han cuidado de sus hijos con independencia de la fecha de jubilación y de su contribución a las cotizaciones a la Seguridad Social.

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